Hoy lunes 28 de julio, la DGMM ha presentado en Valencia la resolución de 22 de julio, en la que a falta de un próximo Real Decreto, ya posibilita el alquiler en lista 7ª durante 3 meses al año, que podrá solicitarse a partir del 15 de agosto.
En la resolución que os remitimos, se detallan todos los requerimientos pero de manera resumida, los aspectos más relevantes y destacados son:
- Se necesita un reconocimiento adicional de la embarcación, como en las embarcaciones de lista 6ª
- Además de la póliza obligatòria de responsabilidad civil, se hace obligatorio que la póliza incluya también los accidentes.
- Tiene que haber un contrato de gestión naval con una empresa de arrendamiento náutico, que no ser subscrito con autonómos sin las capacidades necesarias de las empresas de arrendamiento.
- En las matriculas habrá que añadir las letras “CT” (cambio temporal)
- No podrà combinarse el uso particular y comercial
- Y, por último, hay que hacer un despacho con autorización expresa
Puedes descargar la resolución, con toda la información y requisitos:
resolucion_dgmm_cambio_temporal_de_uso_privado_a_comercial_jul_2025
Para resolver dudas la DGMM ha habilitado un email para cuantas cuestiones puedan derivarse rolydespacho@transportes.gob.es









